IEEV.CV · Decreto 53/2018
IEEV.CV: el informe de evaluación del edificio en la Comunitat Valenciana
Si haces un IEEV.CV en la Comunitat Valenciana: los edificios de viviendas lo necesitan antes del 31 de diciembre del año siguiente a cumplir 50 años, según el Decreto 53/2018. Aquí tienes qué evalúa, quién lo firma, dónde se inscribe y cómo preparas la inspección en ArquiFlow.
La norma en breve
- Informe
- Informe de evaluación del edificio de viviendas. Comunitat Valenciana (IEEV.CV).
- Norma
- Decreto Legislativo 1/2021 (TRLOTUP), art. 189, y Decreto 53/2018.
- Edificios
- Edificios residenciales de uso vivienda, unifamiliares y plurifamiliares; un informe por referencia catastral (art. 2).
- Primera inspección
- Antes del 31 de diciembre del año siguiente a que el edificio cumpla 50 años; a cualquier edad, para pedir ayudas públicas a la rehabilitación (art. 3.2).
- Periodicidad
- Vigente 10 años desde su inscripción electrónica (art. 3.5).
- Quién lo firma
- Un técnico competente según la LOE, con una declaración responsable (arts. 8 y 9).
- Quién lo presenta y dónde
- Se inscribe electrónicamente en el Registro autonómico del IEEV.CV en los 3 meses siguientes a la inspección; la inscripción no supone la aprobación de su contenido (arts. 5, 6 y 9.4).
- Resultado
- Sin apto ni no apto: un acta final sobre conservación, accesibilidad y energía, con las intervenciones que pide —de mantenimiento, a medio plazo o urgentes— (arts. 4.2 y 10).
Fuentes oficiales
- Decreto 53/2018 (DOGV, 7 de mayo de 2018)dogv.gva.es
- Decreto Legislativo 1/2021 (TRLOTUP), art. 189boe.es
- Generalitat Valenciana: inscripción del IEEV.CVsede.gva.es
Normativa revisada en octubre de 2026
Lo particular del IEEV.CV
Tres evaluaciones
La conservación de los elementos comunes, la accesibilidad básica con sus ajustes razonables y la eficiencia energética de la parte de vivienda. La certificación energética que se adjunta no es la que se exige para vender o alquilar.
Riesgo inminente
Si hay riesgo inminente, se notifica de inmediato a los propietarios y al ayuntamiento.
Una ITE municipal vigente
Una ITE municipal que siga vigente vale si se le añade la evaluación energética (disposición transitoria primera).
En ArquiFlow
En el acta de inspección técnica eliges el régimen IEE.
El acta recoge el estado de conservación, la accesibilidad con sus ajustes razonables y los datos de la certificación energética.
El IEEV.CV que se inscribe se genera con la aplicación gratuita IEEV.CV de la Generalitat (art. 4.6).
Eliges el régimen
IITE de Cataluña, IEE estatal, ITE municipal o ITE de Euskadi (Decreto 117/2018). El acta muestra los datos del edificio y los campos que pide ese régimen.
Recoges las deficiencias
Cada observación del acta lleva el elemento del edificio al que afecta: fachadas, cubiertas, estructura, instalaciones…
Las gradúas
Cada deficiencia lleva su grado: leve, importante, grave o muy grave.
Y ves la calificación orientativa
En la IITE, el acta muestra la deficiencia más grave y el certificado orientativo que le correspondería según el Decret 67/2015, teniendo en cuenta si se han ejecutado las medidas cautelares. El certificado lo emite la Administración.
Preguntas frecuentes
¿El IEEV.CV es el IEE?
Sí: es la forma valenciana del informe de evaluación del edificio, regulada por el Decreto 53/2018, con la conservación, la accesibilidad y la energía.
¿Cada cuánto se renueva?
Es vigente 10 años desde su inscripción electrónica en el Registro autonómico del IEEV.CV (art. 3.5).
¿ArquiFlow inscribe el IEEV.CV en el registro?
No. El IEEV.CV se inscribe electrónicamente en el Registro autonómico, y el que se inscribe se genera con la aplicación gratuita IEEV.CV de la Generalitat (art. 4.6). La inscripción no supone la aprobación de su contenido.